Reapertura de la investigación de la muerte de un detenido en custodia municipal
En una reciente sentencia, el Tribunal Constitucional ha resuelto a favor de un recurrente que denunciaba la insuficiencia en la investigación del fallecimiento de Cristóbal Montavez mientras se encontraba bajo custodia policial en Jódar.
Antecedentes del caso
Cristóbal Montavez fue detenido por la policía local bajo sospecha de desórdenes públicos. Tras su detención, fue trasladado a dependencias municipales donde, horas más tarde, fue hallado muerto por asfixia. La autopsia preliminar sugirió una posible etiología suicida, lo que llevó al juzgado de instrucción a sobreseer el caso sin ampliar las diligencias investigativas solicitadas por la defensa.
Argumentos del recurrente
El recurrente impugnó las resoluciones judiciales, alegando que se vulneraron sus derechos a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) y al derecho a la vida e integridad física (art. 15 CE). Entre sus reclamaciones, destacó la falta de declaraciones de los agentes involucrados, la enfermera que atendió a Montavez y discrepancias en los análisis de sangre que llegaron al juez después del cierre del proceso. Además, señaló un posible conflicto de interés al descubrir que uno de los magistrados que confirmaron el sobreseimiento era padre del abogado defensor del ayuntamiento.
Posición del Ayuntamiento y Fiscalía
El Ayuntamiento de Jódar defendió la decisión judicial, apoyándose en el informe de autopsia que descartaba agresión externa y afirmó que se realizaron las diligencias necesarias para esclarecer los hechos. Por su parte, la fiscalía argumentó que el recurso de amparo era extemporáneo y que no se había invocado formalmente el derecho a la vida durante el proceso judicial.
Decisión del Tribunal Constitucional | Reapertura de la investigación de la muerte de un detenido en custodia municipal
El Tribunal Constitucional desestimó los argumentos de la fiscalía, aceptando que la presentación tardía del recurso se justificó por el descubrimiento de nueva información relevante sobre la posible parcialidad judicial. Además, el tribunal consideró que, aunque el recurrente no había invocado explícitamente el derecho a la vida en instancias previas, sus alegaciones relacionadas con la tutela judicial efectiva estaban suficientemente vinculadas a la integridad física y la prohibición de tratos inhumanos.
En su análisis, el Tribunal hizo referencia a la jurisprudencia tanto nacional como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, subrayando la obligación de realizar investigaciones exhaustivas en casos de fallecimientos en custodia policial. La falta de diligencias adecuadas, como la declaración de testigos clave y la revisión de pruebas biológicas, fue considerada una violación de los derechos fundamentales del recurrente.
Conclusión
Finalmente, el Tribunal Constitucional otorgó el amparo solicitado, ordenando la anulación de las resoluciones impugnadas y la reanudación de las investigaciones para garantizar una tutela judicial efectiva.