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La inclusión en un listado de morosos por el impago de cuatro facturas no vulnera el derecho al honor

15/11/2024

El Tribunal ha desestimado la demanda presentada por el Sr. Oscar contra Vodafone Servicios, S.L.U., tras analizar la inclusión indebida de sus datos en el fichero Asnef, gestionado por Equifax Ibérica, S.L. El demandante alegó una intromisión ilegítima en su derecho al honor y una vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) por parte de la demandada.

Hechos del caso

El Sr. Oscar suscribió un contrato de servicios de telecomunicaciones con Vodafone el 7 de octubre de 2020, solicitando la portabilidad de varias líneas telefónicas. Debido al impago de cuatro facturas por un total de 572,62 euros entre abril y julio de 2021, Vodafone cedió sus datos a Asnef en marzo de 2022, registrándolo como deudor. El demandante sostiene que esta cesión se realizó incumpliendo la normativa de protección de datos y que, al ser incluido en el fichero sin justificación, se vulneró su derecho al honor, ocasionándole daños morales.

Análisis jurídico

El Tribunal se basó en la normativa vigente y en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, que subrayan la importancia de cumplir con los principios de adecuación, pertinencia, proporcionalidad y exactitud en el tratamiento de datos personales. Además, se destacó la necesidad de que exista un previo requerimiento de pago antes de la inclusión en ficheros de morosos, conforme al artículo 20 de la LOPD y la Directiva 1995/46/CE.

Vodafone presentó pruebas documentales que demostraron la existencia de la deuda y la correcta notificación al Sr. Oscar, incluyendo dos requerimientos de pago enviados a direcciones registradas en el contrato. El Tribunal consideró que estos requerimientos cumplían con los requisitos legales y que, al no haber impugnación por parte del demandante, se presumió la recepción efectiva de las mismas.

Requerimiento previo de pago

El Tribunal concluyó que Vodafone actuó conforme a la ley al incluir al Sr. Oscar en Asnef, dado que se cumplieron todos los requisitos legales para la cesión de datos. La demanda por vulneración del derecho al honor fue desestimada, ya que no se comprobó una intromisión ilegítima, sino una actuación legítima basada en el incumplimiento de obligaciones contractuales.

Conclusión del juzgado | Desestimada la indemnización por la inclusión en un fichero de morosos

La sentencia refuerza la importancia de que las empresas cumplan rigurosamente con la normativa de protección de datos y los procedimientos establecidos antes de incluir a individuos en ficheros de morosos. Asimismo, subraya la necesidad de una correcta comunicación y documentación en casos de impago, garantizando así la protección de los derechos fundamentales de los afectados

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