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El Tribunal Supremo reconoce el derecho a ampliar el permiso de maternidad en familias monoparentales

21/10/2024

El Tribunal Supremo amplía el permiso de maternidad para familias monoparentales.

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia clave en la que extiende el derecho de las familias monoparentales a disfrutar de un permiso de maternidad de 26 semanas, en lugar de las 16 inicialmente establecidas. Esta decisión responde a la necesidad de evitar una discriminación indirecta hacia los menores nacidos en familias monoparentales, basándose en los principios de igualdad recogidos en el artículo 14 de la Constitución Española.

El caso se originó cuando una profesora de Valladolid solicitó la ampliación de su permiso de maternidad por ser la única progenitora de su hijo. La administración rechazó su petición, aplicando de manera estricta el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP), que solo contempla las 16 semanas para la madre biológica. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha corregido esta interpretación, defendiendo que el trato desigual hacia los menores, según el tipo de familia en que nacen, vulnera sus derechos constitucionales.

El interés superior del menor como fundamento central

El fallo del Tribunal Supremo tiene como eje principal el interés superior del menor, un principio esencial en el derecho de familia español, consagrado en el artículo 39 de la Constitución. El tribunal sostiene que la aplicación estricta de la normativa, que concedía 16 semanas a las familias monoparentales frente a las 26 semanas a las biparentales, creaba una situación de desventaja para los menores de las primeras.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo recalca que no existe justificación para que el menor nacido en una familia monoparental reciba menos tiempo de cuidado, pues se trata de situaciones comparables en cuanto a las necesidades de atención y desarrollo del niño en sus primeras semanas de vida. Al garantizar las 26 semanas de permiso, el Tribunal asegura que todos los menores, sin distinción por el tipo de familia, reciban el mismo nivel de cuidado y protección.

Ampliación del permiso de maternidad en casos monoparentales

El artículo 49 del TRLEBEP, que regula los permisos de maternidad para los empleados públicos, establece un permiso de 16 semanas para la madre biológica y, en familias biparentales, un permiso adicional de 16 semanas para el segundo progenitor. En el caso de familias monoparentales, la interpretación tradicional de este artículo excluía la posibilidad de sumar ese segundo permiso. No obstante, el Tribunal Supremo ha determinado que, en aras de la igualdad, debe aplicarse la misma lógica que en casos de fallecimiento del otro progenitor, donde la suma de permisos sí está permitida.

La sentencia establece que, en las familias monoparentales, debe añadirse el permiso de 10 semanas del otro progenitor, permitiendo alcanzar las 26 semanas. Esta decisión responde a la necesidad de evitar que los menores nacidos en estas familias se vean perjudicados por la falta de un segundo progenitor, y garantiza que reciban el mismo tiempo de cuidados que aquellos nacidos en familias biparentales.

La decisión tiene implicaciones directas para las políticas públicas relacionadas con la protección de la infancia y la igualdad de derechos entre diferentes tipos de familia. En un contexto en el que las estructuras familiares están cambiando, el fallo del Tribunal Supremo refuerza la idea de que la normativa debe adaptarse a las nuevas realidades sociales, garantizando que todos los menores reciban la misma protección y cuidados, sin importar las circunstancias familiares en las que nacen.

 

Fuente: CGPJ

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