Ratificación de condena por tentativa de asesinato en Palma de Mallorca
Confirmada la condena de ocho años y medio por tentativa de asesinato en Palma de Mallorca.
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha ratificado la condena de ocho años y medio de prisión a un hombre por tentativa de asesinato tras atacar con unas tijeras quirúrgicas al médico que lo estaba tratando en una clínica de Palma de Mallorca. La sentencia, previamente dictada por la Audiencia Provincial de Baleares, ha sido confirmada en todos sus términos, incluyendo las medidas adicionales que prohíben al condenado acercarse a la víctima a menos de 500 metros, comunicarse con ella durante 15 años y una indemnización de 8.250 euros.
El acusado, de nacionalidad dominicana, será además expulsado de España una vez cumplidas las tres cuartas partes de su condena, con una prohibición de regresar al país durante 10 años, en cumplimiento del artículo 89 del Código Penal, que regula la expulsión de extranjeros condenados a penas privativas de libertad superiores a un año.
Los hechos: agresión premeditada en una clínica
El incidente ocurrió cuando el médico estaba atendiendo al acusado en una sala de curas. El facultativo observó que el paciente lo estaba grabando sin su consentimiento y procedió a apagar el dispositivo. En ese momento, el condenado tomó unas tijeras quirúrgicas y, sin previo aviso, atacó al médico con varias puñaladas en zonas vitales, como el cuello y el pecho. La agresión continuó hasta que la víctima logró desarmar al atacante.
El tribunal destacó que el ataque fue premeditado, dado que el agresor tomó las tijeras antes de iniciar el ataque y las dirigió hacia partes del cuerpo que podían causar la muerte. Estas circunstancias justifican la calificación de los hechos como tentativa de asesinato y no como un delito de lesiones graves, ya que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la localización y la naturaleza de las heridas son indicativos de la intención de matar.
Justificación de la condena por tentativa de asesinato
El tribunal consideró probado que el ataque fue impulsado por la intención de acabar con la vida del médico. La elección de las tijeras como arma y el hecho de que las heridas se infligieron en áreas vitales del cuerpo, como la yugular y el pecho, refuerzan la existencia de un ánimo homicida. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la utilización de armas blancas en estas circunstancias es suficiente para inferir la voluntad de causar la muerte, lo que justifica la condena por tentativa de asesinato.
Además, el hecho de que el agresor no cesara su ataque voluntariamente, sino que fuera la víctima quien consiguió detenerlo al arrebatarle las tijeras, ha sido otro elemento decisivo en la valoración del tribunal. Esta circunstancia descarta cualquier posibilidad de reducción de la pena por desistimiento voluntario, conforme al artículo 16 del Código Penal.
Expulsión y protección de la víctima
La sentencia también incluye la orden de expulsión del acusado, en aplicación del artículo 89 del Código Penal. Este precepto permite la sustitución de la pena de prisión por la expulsión para extranjeros que no sean residentes legales o que se encuentren en situación irregular en España. En este caso, el condenado será expulsado del país una vez haya cumplido tres cuartas partes de su pena, y no podrá regresar durante un periodo de 10 años.
Además, se han impuesto medidas de alejamiento y prohibición de comunicación, que garantizan la seguridad de la víctima y minimizan cualquier riesgo de represalias o nuevos encuentros no deseados.
Posibilidad de recurso ante el Tribunal Supremo
A pesar de la ratificación de la sentencia por parte del Tribunal Superior de Justicia, el condenado aún tiene la opción de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.