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¿Es lo mismo un robo y un hurto?¿En qué se diferencian estos dos delitos?

11/09/2024

Diferencias entre el delito de robo y el de hurto: Un análisis técnico

El delito de robo y el de hurto son dos figuras jurídicas fundamentales en el ámbito penal español, reguladas en el Código Penal, que pueden parecer similares, pero presentan diferencias esenciales en cuanto a los elementos constitutivos y las consecuencias jurídicas que conllevan. A continuación, realizaremos un análisis detallado de ambos delitos, explicando sus particularidades, los aspectos que los diferencian, y las penas que el legislador ha previsto para cada uno de ellos. También se abordarán algunas excepciones y agravantes que influyen en la graduación de las penas aplicables.

Definición y elementos del delito de hurto

El hurto se encuentra regulado en el artículo 234 del Código Penal, que lo define como la sustracción de bienes muebles ajenos sin el consentimiento de su propietario, y con el ánimo de lucro, pero sin que medie violencia, intimidación, ni fuerza sobre las cosas. Esto lo convierte en una figura delictiva menos grave que el robo.

El tipo básico del hurto prevé diferentes sanciones en función del valor de lo sustraído:

  • Si el valor de lo hurtado supera los 400 euros, el infractor puede ser castigado con pena de prisión de 6 a 18 meses.
  • Si el valor es inferior a 400 euros, se considera hurto leve, y la pena impuesta será una multa de 1 a 3 meses.

Uno de los elementos clave en este delito es que no existe violencia o intimidación. La acción delictiva se lleva a cabo de manera furtiva o discreta, sin enfrentarse físicamente con la víctima ni emplear fuerza en el acceso a los bienes. Por ejemplo, si alguien toma el teléfono móvil de una persona distraída en un café, o sustrae productos de una tienda sin que los encargados lo detecten, se está ante un delito de hurto.

Circunstancias agravantes del hurto

A pesar de que el hurto es, en general, un delito menos grave que el robo, el Código Penal contempla una serie de circunstancias agravantes que pueden incrementar las penas, incluso cuando el valor de lo sustraído no excede los 400 euros. Estas circunstancias están recogidas en el artículo 235 del Código Penal, y se aplican cuando el hurto afecta bienes o situaciones especialmente sensibles o importantes. Las más destacables son:

  1. Sustracción de bienes de valor artístico, histórico, cultural o científico. Estos hurtos afectan el patrimonio cultural y social, por lo que el legislador prevé penas más graves.

  2. Sustracción de productos de primera necesidad que generen desabastecimiento. Si el hurto pone en riesgo la provisión de productos esenciales para la comunidad, la pena se agrava.

  3. Hurtos que afectan infraestructuras clave, como el cableado de telecomunicaciones o el suministro eléctrico. La afectación de servicios esenciales que benefician al interés general también conlleva un castigo mayor.

  4. Reincidencia. Si el culpable ha sido condenado previamente por tres delitos de hurto, aunque el valor de los bienes hurtados no exceda de 400 euros, puede ser castigado con una pena de 1 a 3 años de prisión.

  5. Utilización de menores de edad para cometer el hurto o cuando este se realiza dentro de una organización criminal. En estos casos, se busca proteger tanto a los menores involucrados como evitar que estructuras criminales utilicen el hurto como medio de financiamiento.

Además, si se cometen al menos tres hurtos cuyo valor total exceda de 400 euros, la pena a imponer puede oscilar entre 6 y 8 meses de prisión.

Robo: definición y elementos distintivos

El robo, en cambio, implica la utilización de medios violentos o de fuerza sobre las cosas, o bien de intimidación o violencia sobre las personas para llevar a cabo la sustracción. El robo se regula en los artículos 237 y siguientes del Código Penal, y presenta dos modalidades: robo con fuerza en las cosas y robo con violencia o intimidación sobre las personas.

  1. Robo con fuerza sobre las cosas: Este delito, regulado en el artículo 238 del Código Penal, se comete cuando el autor utiliza medios violentos para acceder a los bienes. Entre las conductas típicas de este delito se incluyen:
    • Escalar o forzar cerraduras.
    • Romper ventanas, puertas, suelos o techos.
    • Destruir sistemas de seguridad o inutilizar alarmas.
    • Utilizar llaves falsas para acceder a bienes cerrados.

La pena prevista para el robo con fuerza oscila entre 1 y 3 años de prisión, pero puede aumentar hasta 5 años si se comete en lugares especialmente protegidos, como viviendas habitadas, o si concurren alguna de las agravantes ya mencionadas para el hurto.

  1. Robo con violencia o intimidación sobre las personas: Este tipo de robo, tipificado en el artículo 242 del Código Penal, implica la sustracción de bienes mediante violencia física o amenazas sobre las personas. Aquí, el uso de la violencia convierte el delito en uno más grave que el robo con fuerza en las cosas. La pena básica varía entre 2 y 5 años de prisión, pero se puede agravar si el delito se comete en una vivienda habitada o si el autor del delito utiliza armas para intimidar o amenazar a las víctimas.

Este delito se diferencia del anterior en que no solo se atenta contra la propiedad de la víctima, sino también contra su integridad física o psíquica. Por ejemplo, si una persona entra a una tienda y amenaza con un arma a los empleados para que le entreguen el dinero de la caja, se está cometiendo un robo con intimidación, independientemente del valor de lo sustraído.

Circunstancias que agravan el delito de robo

Al igual que en el hurto, el Código Penal establece una serie de agravantes que pueden incrementar la pena por robo. En particular, el artículo 241 señala que, si el robo con fuerza en las cosas se comete en una vivienda habitada, o en un lugar que forma parte de la misma (como garajes o jardines), la pena puede aumentar significativamente. En estos casos, se impone una pena de 2 a 5 años de prisión, debido a la especial vulnerabilidad que implica el robo en el domicilio de la víctima.

Asimismo, el uso de armas para asegurar la huida o para amenazar a las víctimas no necesariamente incrementa la pena, pero puede llevar a que se imponga en su mitad superior. La legislación exige que se evalúe la gravedad de los hechos en cada caso concreto.

Diferencias jurisprudenciales entre hurto y robo

Una de las dudas más frecuentes en la práctica jurídica es si la destrucción de un elemento accesorio de seguridad, como un candado, para sustraer un bien constituye un hurto o un robo con fuerza. La jurisprudencia ha establecido que, cuando la fuerza se ejerce sobre un dispositivo de seguridad que protege un objeto (como una bicicleta asegurada con un candado), el delito se considera hurto y no robo con fuerza, ya que la violencia no se ejerce sobre los medios de acceso al bien, sino sobre el propio bien.

En contraste, si la fuerza se utiliza para acceder al lugar donde se encuentra el bien, como romper una puerta para entrar en una casa, entonces se estaría ante un robo con fuerza.

Conclusión

En conclusión, el robo y el hurto son dos delitos claramente diferenciados en el Código Penal español. Mientras que el hurto se caracteriza por la ausencia de violencia, el robo siempre implica el uso de la fuerza o intimidación. Las consecuencias legales de cada uno dependen tanto de la naturaleza de la acción como del valor de los bienes sustraídos y las circunstancias agravantes que puedan concurrir.

 

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