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Recurso Contencioso-Administrativo | Preguntas y respuestas

05/09/2024

¿Qué es el recurso contencioso-administrativo?

El recurso contencioso-administrativo es un proceso judicial que permite a los ciudadanos impugnar actos, disposiciones, inacción o actuaciones de la Administración Pública que se consideran contrarios a la ley. Se utiliza cuando ya se ha agotado la vía administrativa y la administración ha declarado que no es posible continuar el procedimiento.

Este recurso es esencial para resolver conflictos entre los ciudadanos y la Administración cuando se vulneran derechos o intereses legítimos. A través de este proceso, el tribunal puede emitir una resolución que ponga fin a la situación y corrija la actuación administrativa.

¿Cuál es la normativa que regula este recurso?

Este recurso está regulado principalmente por la Ley 29/1998, de 13 de julio, que establece los procedimientos y condiciones que deben seguir tanto los ciudadanos como los tribunales, así como por los artículos 106 y 24 de la Constitución Española de 1978, que garantizan el control judicial sobre la Administración.

¿Qué actos o situaciones pueden ser impugnados?

Se pueden impugnar:

·       Actos administrativos.

·       Disposiciones generales (reglamentos).

·       Inactividad de la Administración.

·       Vías de hecho (actuaciones materiales sin cobertura legal).

¿Quiénes están legitimados para interponer el recurso?

Cualquier persona, ya sea física o jurídica, que considere que sus derechos o intereses legítimos han sido vulnerados, está legitimada para interponer un recurso contencioso-administrativo. Este recurso se presenta contra la Administración Pública responsable del acto, disposición o inactividad que se impugna.

En el ámbito jurídico español, existen varios tipos de recursos contencioso-administrativos. El más habitual es el recurso ordinario, aunque hay otros tipos en función de la situación concreta del conflicto.

¿Cuáles son Tipos de recursos contencioso-administrativos?

Existen varios tipos de recursos contencioso-administrativos dentro del marco legal español:

Recurso contencioso-administrativo abreviado

Este tipo de procedimiento se utiliza para impugnar temas específicos, como cuestiones relacionadas con el personal de las Administraciones Públicas, asuntos de extranjería, solicitudes de asilo político, casos de disciplina deportiva relacionados con el dopaje, y aquellos casos cuya cuantía no supera los 30,000 euros. Inicialmente, este límite era de 3,000 euros, luego subió a 13,000 euros en 2003 y finalmente se estableció en 30,000 euros en 2011. Está basado en los principios de celeridad, inmediación y oralidad, según la Ley 29/1998. El proceso comienza con un escrito de demanda, pero luego se caracteriza por la oralidad, salvo que se solicite resolver sin pruebas ni vista.

Aunque es un proceso más rápido y sencillo, puede dificultar el análisis en asuntos más complejos, lo que podría comprometer la seguridad jurídica. En términos de representación legal, es opcional ante órganos unipersonales, pero obligatoria ante órganos colegiados.

Si hay defectos en la representación, se concede un plazo de diez días para subsanarlos, y si no se corrigen, el caso puede archivarse. Aunque la ley no menciona explícitamente las medidas cautelares en este procedimiento, se aplican las normas generales de la Ley 29/1998, tal como lo ha señalado el Tribunal Supremo.

Recurso contencioso-administrativo para la protección de derechos fundamentales

Este tipo de recurso está diseñado para proteger los derechos y libertades fundamentales que han sido vulnerados. Está relacionado directamente con la defensa de los derechos constitucionales, específicamente según el artículo 53.2 de la Constitución Española.

Su objetivo principal es garantizar que las libertades y derechos fundamentales reciban protección judicial. Este recurso ofrece un procedimiento especial y más ágil para que los afectados puedan reclamar la restauración de sus derechos vulnerados y obtener una resolución favorable que ponga fin a la violación de sus derechos fundamentales.

Recurso contencioso-administrativo ordinario

Este procedimiento se utiliza para impugnar diversas situaciones, como disposiciones de carácter general, actos administrativos expresos o presuntos que pongan fin a la vía administrativa, ya sean definitivos o de trámite, siempre que estos últimos afecten al fondo del asunto, impidan continuar el procedimiento, causen indefensión o generen un perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. También se puede recurrir contra la inactividad de la Administración o cuando esta incurra en actuaciones fuera de la legalidad, conocidas como "vía de hecho". Sin embargo, no se incluyen en este recurso los actos que simplemente reproduzcan otros anteriores que ya sean firmes, ni aquellos confirmatorios de actos que no fueron recurridos en su debido momento.

Este procedimiento está regulado en el Título IV de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que rige la jurisdicción contencioso-administrativa, y establece los pasos y condiciones que deben seguir tanto las personas afectadas como los tribunales para tramitar el recurso de manera adecuada.

¿Cuál es el procedimiento para interponer un recurso contencioso-administrativo?

Para interponer un recurso contencioso-administrativo, tienes un plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que quieres impugnar. Si la Administración no responde en el plazo establecido, lo que se conoce como silencio administrativo, también puedes acudir al tribunal. En ese caso, si es un acto presunto debido a ese silencio, el plazo se amplía hasta seis meses desde que comenzó dicho silencio.

El recurso debe presentarse ante el tribunal contencioso-administrativo de la localidad, y es necesario contar con un abogado. Aunque el procurador no es obligatorio, se recomienda su participación. Si el recurso se interpone ante la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia o el Tribunal Supremo, tanto el abogado como el procurador son obligatorios. También es posible presentarlo ante entidades como el Ministerio Fiscal, la Administración autonómica o la del Estado, según corresponda.

¿Se pueden recurrir las sentencias dictadas en un recurso contencioso-administrativo?

Sí, se pueden presentar recursos de:

    • Apelación: Ante el Tribunal Superior de Justicia.
    • Casación: Ante el Tribunal Supremo en casos de interés casacional.
    • Generalmente, la parte perdedora es condenada en costas, aunque hay excepciones.

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