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Nuevo Real Decreto Refuerza el sistema arbitral de consumo en España

30/08/2024

El "Real Decreto 713/2024, de 23 de julio," actualiza el marco normativo del Sistema Arbitral de Consumo en España, adaptándolo a las normativas recientes. Este sistema ofrece una resolución extrajudicial, vinculante y rápida para conflictos entre consumidores y empresarios, basado en principios de voluntariedad, eficacia y seguridad jurídica.

Actualización del sistema arbitral de consumo

El nuevo decreto mantiene las Juntas Arbitrales de Consumo como órganos administrativos responsables y introduce mejoras significativas. Entre ellas, se elimina la limitación en las ofertas de adhesión para empresarios, obligándolos a aceptar cualquier conflicto de consumo una vez adheridos.

Además, se regulan de manera más detallada los procedimientos arbitrales, estableciendo plazos definidos para asegurar su agilidad y efectividad. Se refuerzan los mecanismos de imparcialidad, incluyendo normas sobre recusación y abstención de árbitros. También se crean bases de datos electrónicas para facilitar el acceso a información sobre las empresas adheridas, contribuyendo a una mayor transparencia.

Estructura y contenidos del nuevo reglamento

Capítulo I (Art. 1-2)

Define el carácter extrajudicial, vinculante, ejecutivo y voluntario del arbitraje de consumo, aplicable a disputas derivadas de relaciones de consumo, excluyendo ciertos casos como intoxicaciones o delitos.

Capítulo II (Art. 3-20)

Detalla la organización del sistema, manteniendo la estructura de las Juntas Arbitrales de Consumo y regulando competencias y funciones de los órganos arbitrales.

Capítulo III (Art. 23-30)

Formaliza el convenio arbitral y establece la adhesión obligatoria y pública de los empresarios al sistema, eliminando limitaciones previas.

Capítulo IV (Art. 31-45)

Regula el procedimiento arbitral, destacando principios como gratuidad, igualdad y confidencialidad, resolviendo el arbitraje en equidad salvo acuerdo contrario.

Disposiciones transitorias y finales

  • Transitorias: Procedimientos anteriores seguirán con la normativa previa, y las ofertas de adhesión deben adaptarse en seis meses.
  • Derogatoria: Deroga el Real Decreto 231/2008.
  • Finales: Especifica las bases legales y la entrada en vigor veinte días tras su publicación.

Análisis

El reglamento refuerza la protección al consumidor, haciendo más estrictas las normativas de adhesión empresarial y clarificando el procedimiento arbitral, asegurando equidad y accesibilidad. La eliminación de limitaciones en las ofertas de adhesión mejora la transparencia y eficacia del sistema, alineándolo con las normativas nacionales y europeas, fortaleciendo la seguridad jurídica en las relaciones de consumo.

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