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El Tribunal Supremo respalda a aseguradora en un caso de omisión de información en cuestionario de salud

03/06/2024

La aseguradora gana el caso en el Tribunal Supremo, que decide que la falta de veracidad en la declaración del riesgo por parte de la asegurada invalida su póliza de seguro de vida e invalidez.

En una resolución con fecha del 14 de mayo de 2024, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de una compañía de seguros en un caso que implica la omisión de información importante en el cuestionario de salud por parte de la asegurada. La sentencia 687/2024 aborda el recurso de casación presentado por la aseguradora, en relación con una póliza de seguro de vida e invalidez suscrita por la demandante, quien no proporcionó datos cruciales en el cuestionario inicial de salud.

La disputa surgió cuando la demandante, que firmó el contrato de seguro el 6 de junio de 2011 y fue diagnosticada con cáncer de mama el 21 de junio del mismo año, solicitó el pago del capital asegurado después de que se le reconociera la incapacidad absoluta en diciembre de 2015. La compañía de seguros rechazó el pago, alegando inexactitud en la declaración del riesgo.

Después de un proceso judicial que incluyó el rechazo inicial de la demanda por parte del Juzgado de Primera Instancia y una sentencia favorable a la demandante por parte de la Audiencia Provincial, el caso llegó al Tribunal Supremo. Este último examinó el deber de declaración del riesgo por parte del titular del seguro.

Sobre la declaración de riesgo

El Tribunal Supremo estableció que, para que se considere que ha habido un incumplimiento del deber de declaración del riesgo, deben cumplirse varios requisitos:

  • Omisión o comunicación incorrecta un dato relevante;
  • que dicho dato se requiera por la aseguradora mediante el correspondiente cuestionario y de manera clara y expresa; 
  • que el riesgo declarado sea distinto del real; 
  • que el dato omitido sea conocido o debiera haber sido conocido con un mínimo de diligencia en el momento de realizar la declaración; 
  • que el dato se desconozca para la aseguradora en ese mismo momento; 
  • que exista una relación causal entre la circunstancia omitida y el riesgo cubierto.

En este caso, se determinó que la demandante no declaró completamente su estado de salud, ya que el mismo día en que firmó la póliza había acudido al hospital para una mamografía, información que era relevante y fue omitida en el cuestionario de salud. Por lo tanto, el Tribunal Supremo estimó el recurso de casación de la aseguradora, anulando la sentencia de la Audiencia Provincial y confirmando la de primera instancia.

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