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10 años de prisión por delito de revelación de secretos cometido por un funcionario público

30/04/2024

Condena a un funcionario de Hacienda de Bizkaia por acceso indebido a datos tributarios.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia nº 173/2024, de 16 de abril,  ha establecido un fallo condenatorio contra un funcionario de la Hacienda Foral de Bizkaia, imponiéndole una pena de 10 años y cuatro días de prisión. El funcionario fue declarado culpable de acceder sin autorización a datos tributarios y utilizarlos para beneficio personal, específicamente en una asesoría fiscal de la que era copropietario.

El acusado, un funcionario público que ha estado al servicio de la Diputación de Bizkaia desde 1986, ocupaba un puesto en el Departamento de Hacienda y Finanzas, concretamente en la sección de información tributaria. El funcionario aprovechó su posición para acceder de manera indebida a datos tributarios reservados (de fecha entre 2017 y 2019), generando un conflicto de interés al utilizar estos datos en beneficio de la asesoría fiscal de la que era copropietario.

Los delitos cometidos

La Audiencia Provincial de Bizkaia considera al condenado autor de cuatro delitos de descubrimiento y revelación de secretos cometidos por funcionario público. Según el artículo 197.2 CP, el delito de revelación de secretos se castiga con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. No obstante, en el caso de que se cometa por un funcionario público, se castigará en su mitad superior, además de conllevar una pena de inhabilitación absoluta de 6 a 12 años.

Por cada delito, se le impone una pena de 2 años, 6 meses y un día de prisión, además de una multa. Adicionalmente, se le impone una multa de 6 meses por haber cometido un delito de actividades prohibidas a funcionario público, correspondiente al artículo 441 CP.

Durante el juicio, se tuvieron en cuenta informes y testimonios de responsables de servicio que confirmaron las irregularidades cometidas por el funcionario.

Justificación de la sentencia

La Audiencia Provincial de Bizkaia sostiene que las penas impuestas son proporcionales a los hechos cometidos, ya que no se ha demostrado un perjuicio económico evaluado, motivo por el cual impone la pena mínima. El tribunal busca proteger la imparcialidad en el ejercicio de funciones públicas por las autoridades y los funcionarios, tal como lo establece el artículo 103 CE, que indica que la Administración debe servir con objetividad los intereses generales. La condena busca evitar la posible confluencia de intereses públicos y privados que puedan afectar el ejercicio de sus funciones.

La sentencia no es definitiva y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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