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El Tribunal Constitucional anula prueba de alcoholemia por ir en contra del derecho a la defensa de la conductora

17/04/2024

El Tribunal Constitucional anula prueba de alcoholemia por violar derecho de defensa. STC 40/2024

El Tribunal Constitucional ha determinado que se vulneraron los derechos de defensa en una prueba de alcoholemia realizada en una comisaría de policía, según la STC 40/2024, emitida el 11 de marzo.

En esta resolución, el Tribunal Constitucional anuló una prueba de alcoholemia realizada en una comisaría de policía, argumentando que se infringieron los derechos fundamentales de la conductora. La Policía Nacional obligó a la conductora a presentarse en la comisaría para someterse a la prueba sin proporcionarle información adecuada sobre sus derechos.

El caso surgió cuando los agentes detuvieron el vehículo de la mujer en un control de seguridad tras observar signos de intoxicación etílica. Sin contar con un etilómetro preciso, solicitaron asistencia a la Policía Municipal de Tráfico de Madrid para realizar la prueba.

Falta de consentimiento voluntario

Debido a la falta del dispositivo adecuado, los agentes convencieron a la conductora para que se trasladara a la comisaría municipal, donde se le realizó la prueba de alcoholemia. El resultado fue positivo y la mujer fue condenada por el Juzgado de lo Penal como autora de un delito contra la seguridad vial, con una pena de siete meses de multa.

La conductora recurrió argumentando que fue detenida sin recibir la debida información sobre sus derechos, violando así el artículo 17.3 de la Constitución. El Tribunal Constitucional concluyó que el traslado no fue voluntario, ya que la conductora fue persuadida para acompañar a los agentes bajo la amenaza de cometer un delito de desobediencia. Si hubiera acudido voluntariamente, no habría habido interferencia en su derecho a la libertad personal.

Conclusiones del Tribunal 

Los magistrados recalcaron que, al tratarse de un desplazamiento no voluntario, el traslado constituyó una limitación del derecho a la libertad personal y violó el derecho de defensa, así como la presunción de inocencia de la conductora.

Como resultado, el tribunal declaró que se había violado el derecho de defensa de la conductora, en relación con el derecho a la libertad personal, y se anuló todas las resoluciones impugnadas desde la sentencia del Juzgado de lo Penal que condenó a la conductora.

Opinión particular de los magistrados

En un voto particular conjunto, dos magistrados criticaron que la sentencia no examinó adecuadamente la conexión jurídica entre la detención y la prueba de alcoholemia. Sugirieron que el caso debería haber sido devuelto al Juzgado de lo Penal para emitir una nueva sentencia, en lugar de anular la anterior.

 

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