Decisión del Tribunal Constitucional sobre la Adopción del Hijo en Gestación por Sustitución
El Tribunal Constitucional ha dictado una resolución unánime apoyando el derecho de una mujer a adoptar al hijo de su cónyuge. El hijo fue concebido mediante gestación subrogada en Ucrania.
La sentencia, redactada por la Vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Inmaculada Montalbán Huertas, respalda a la mujer cuya petición de adopción del hijo de su esposo fue inicialmente denegada. El niño, nacido en Ucrania en noviembre de 2016 por medio de gestación subrogada, fue registrado como hijo del marido en el Registro Civil Consular de la Embajada de España en Kiev.
Recurso de amparo y bases del veredicto
Una vez establecidos en España, la esposa solicitó la adopción del niño, pero su petición fue revocada por la Audiencia Provincial debido a inquietudes sobre un posible fraude en la determinación de la paternidad. No obstante, la demandante logró adoptar a un segundo hijo de la pareja, nacido bajo las mismas condiciones. La pareja interpuso un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, alegando que la decisión judicial violaba su derecho a una resolución fundamentada y motivada en Derecho, así como el principio de igualdad y no discriminación.
El Tribunal Constitucional ha admitido que, a pesar de que la gestación por sustitución presenta dilemas éticos y legales, la decisión judicial anterior violó el derecho a la tutela judicial efectiva de los demandantes. Además, no se tuvieron en cuenta de manera adecuada el interés superior del niño y las circunstancias familiares particulares.
Fallo y reflexiones sobre el interés superior del niño
En su veredicto, el Tribunal ha enfatizado la necesidad de proteger el interés superior del niño y de prevenir la inseguridad jurídica en la relación entre la demandante y el niño. Por lo tanto, ha ratificado la decisión del tribunal que estableció el vínculo emocional y legal entre la demandante y el niño, garantizando así su bienestar y estabilidad familiar.