Derecho de los pacientes sobre el destino de la sangre del cordón umbilical y las células madre que contiene
.jpg)
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que refuerza el derecho de las pacientes de la sanidad pública a decidir sobre el destino de las células madre contenidas en la sangre del cordón umbilical de sus recién nacidos, particularmente en el contexto de su conservación para un posible uso autólogo futuro. Esta decisión surge tras el caso de una usuaria del Servicio Público de Salud de la Junta de Extremadura que solicitó la conservación de estas células en un banco privado, con fines de uso autólogo eventual, encontrándose con la negativa inicial de la administración por considerar que el almacenamiento para uso personal no era prioritario frente a la donación para terceros (uso alogénico).
Origen del conflicto
Solicitud para la formalización de un convenio entre el hospital y el banco privado para facilitar la conservación de la sangre del cordón
El conflicto legal inició cuando la paciente, cuyo parto estaba previsto en el Hospital Materno Infantil de Badajoz, solicitó formalizar un convenio entre el hospital y el banco privado para facilitar la conservación de la sangre del cordón. La denegación administrativa se basó en principios de altruismo, solidaridad y equidad, priorizando el uso alogénico de estas células. Sin embargo, tras un recurso contencioso administrativo y su apelación, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura reconoció el derecho de la paciente a la entrega de la sangre del cordón para su conservación con fines de uso autólogo eventual, obligando al servicio de salud a tomar las medidas necesarias para este fin.
Recurso de la decisión por parte de la Junta de Extremadura
La Junta de Extremadura recurrió esta decisión ante el Tribunal Supremo, que no solo desestimó el recurso sino que confirmó la sentencia del tribunal anterior, destacando que la ley permite a los pacientes de la sanidad pública optar por la conservación de células madre para uso autólogo eventual. El Supremo enfatizó que las Comunidades Autónomas pueden decidir si ofrecen este servicio a través de sus hospitales públicos o no, pero deben garantizar el derecho de los pacientes a optar por la conservación en centros privados, mediante la firma de protocolos necesarios para la adecuada obtención y almacenamiento de la sangre del cordón.
Autonomía de los pacientes y su derecho a decidir sobre el destino de las células madre
Esta resolución subraya la importancia de respetar la autonomía de los pacientes y su derecho a tomar decisiones informadas sobre el uso potencial de células madre, evitando discriminaciones basadas en la capacidad económica y asegurando la equidad en el acceso a opciones terapéuticas futuras.