El Tribunal Supremo Resuelve la Reclamación de 4.000 Millones por la Autopista AP-7
La Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, fechada el 24 de enero de 2024, aborda una importante reclamación económica de ACESA contra el Estado en relación con la autopista AP-7. ACESA, concesionaria de esta autopista, había demandado una compensación de 5.373 millones de euros por las obras de ampliación realizadas a partir de 2006, una cantidad que fue reducida por el Consejo de Ministros a 1.069,9 millones de euros. El núcleo del desacuerdo radicaba en la interpretación de la fórmula de compensación establecida en un convenio de 2006 entre ACESA y la Administración, relacionada con la expansión de la autopista debido al aumento de tráfico y problemas de congestión.
Rechazo de la mayor parte de la reclamación que ascendía a más de 4.000 millones de euros
El Tribunal Supremo, tras un exhaustivo análisis, rechazó la mayor parte de la reclamación de ACESA, que ascendía a más de 4.000 millones de euros, basándose en la discrepancia sobre la fórmula de compensación. ACESA argumentaba que la fórmula incluía una garantía de tráfico y que cualquier déficit en el tráfico real frente al tráfico de referencia debería sumarse a las inversiones realizadas. Sin embargo, el Tribunal consideró que el Convenio no contemplaba tal garantía de tráfico y que era contrario al régimen jurídico de las concesiones de autopistas.
Estimación parcial de la demanda
No obstante, el Tribunal Supremo estimó parcialmente la demanda de ACESA, reconociendo 32,9 millones de euros por inversiones adicionales realizadas y aceptadas por la Administración. Por otro lado, rechazó la reclamación de ACESA de 203 millones de euros por la reducción del tráfico en la AP-7 a causa de los desdoblamientos de las carreteras nacionales N-II y N-340, ya que no se consideró probado que estos desdoblamientos afectaran significativamente el tráfico de la autopista.
En conclusión, la sentencia representa un análisis detallado y una decisión crucial sobre las compensaciones en el ámbito de las concesiones de autopistas, equilibrando los términos de los convenios con las expectativas y obligaciones de las partes involucradas.