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Falsificar un DNI oficial para utilizarlo en pruebas de selectividad puede conllevar prisión

18/01/2024

El pasado 14 de diciembre el Supremo confirmó las penas de prisión por falsificación de un DNI para la prueba de selectividad. STS 920/2023.

En un reciente fallo, el Tribunal Supremo ha confirmado las penas de prisión para dos individuos acusados de falsificar un Documento Nacional de Identidad con el objetivo de permitir la suplantación en una prueba de selectividad. 

Los dos acusados pactaron que uno de ellos se presentaría en la prueba de selectividad en nombre del otro. Para llevar a cabo esta suplantación, debían presentar un DNI oficial, requisito necesario para realizar el examen. El acusado se dirigió a la Oficina de Tramitación del DNI y Pasaporte de la Comisaría, donde, en lugar de su propia foto, entregó la fotografía de la persona que le iba a suplantar.

En el momento de los hechos, la normativa permitía expedir duplicados para la sustitución de fotografías, siempre que el cambio de apariencia se justificara. Sin embargo, la funcionaria encargada no prestó atención a la diferencia entre la fotografía y la persona, a pesar de estar en condiciones de hacerlo, no se cuestionó en ningún momento la licitud del acto.

Posteriormente, la funcionaria entregó el documento en soporte auténtico al acusado y destruyó el talón foto generado para su emisión, en contradicción con las disposiciones de la Subdirección General de Logística de la División de Documentación de la Dirección General de Policía.

No existe prueba alguna de que los acusados acordaran la falsificación con la funcionaria, ni de que ella misma actuara a sabiendas de la falsedad.

La Audiencia Provincial condenó a penas de prisión

La Audiencia Provincial condenó a los tres implicados con las siguientes penas:

  • Autor del delito de falsedad en documento oficial al dueño del DNI: 1 año y 9 meses de prisión y una multa de 9 meses.
  • Cooperador necesario del delito de falsedad en documento oficial al dueño de la fotografía: 1 año de prisión y una multa de 6 meses.
  • Autora de un delito de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público por imprudencia grave: multa de 9 meses.

La funcionaria presentó recurso ante el Tribunal Supremo alegando vulneración de su derecho de defensa, al que se adhirió el autor del delito de falsedad.

Respuesta del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo absuelve a la funcionaria del delito de falsedad cometido por funcionario público. La Audiencia condenó a la trabajadora a través de un delito imprudente, el cual no solicitó la acusación, requsitio derivado del principio de acusación. Además, considera que no hay elementos fácticos suficientes para probar la culpabilidad, ya que no se demostró el delito doloso atribuido.

En cuanto al autor del delito de falsedad, el Tribunal Supremo desestima sus pretensiones. Aunque argumentó que el documento oficial no se utilizó, el tribunal sostiene que la pena es justa, dado que el individuo fue el artífice del delito al concebir la idea y dirigir los actos. En consecuencia, se confirman las penas impuestas a ambos acusados.

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