El Tribunal Supremo fija criterio sobre la justificación de las dietas

El Tribunal Supremo establece quién debe justificar las dietas y los gastos de desplazamiento
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia clave en materia fiscal, resolviendo la controversia sobre quién debe acreditar la justificación de las dietas y los gastos de desplazamiento que las empresas pagan a sus trabajadores.
Esta cuestión es crucial en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que estos importes pueden quedar exentos de tributación si cumplen los requisitos establecidos en la normativa fiscal.
¿Quién tiene la carga de la prueba?
El debate jurídico giraba en torno a si el trabajador debía demostrar que las dietas y los gastos de desplazamiento correspondían a viajes y comidas por motivos laborales o si, por el contrario, era la Administración Tributaria, a través de la información proporcionada por la empresa, la que debía acreditar si los pagos cumplían con los requisitos legales para su exención.
El criterio del Tribunal Supremo: la prueba corresponde a la Administración
El Tribunal Supremo ha reiterado su doctrina y ha establecido que la Administración Tributaria es la responsable de demostrar que las cantidades abonadas en concepto de dietas y gastos de desplazamiento no cumplen con los requisitos exigidos para su exención en el IRPF.
Esto significa que no es el trabajador quien debe justificar estos gastos de manera individual, sino que la Administración debe solicitar la documentación pertinente a la empresa para verificar si los importes abonados corresponden a desplazamientos laborales reales.
El procedimiento judicial y el allanamiento de la Administración
El caso llegó al Tribunal Supremo después de que el Tribunal Económico-Administrativo Regional y el Tribunal Superior de Justicia desestimaran la reclamación de un trabajador, quien alegaba que las dietas percibidas debían estar exentas de tributación.
El recurso de casación fue admitido con el objetivo de unificar el criterio jurisprudencial. Durante el proceso, la Administración Tributaria se allanó al recurso, reconociendo que la postura del recurrente era correcta y que su interpretación inicial resultaba errónea.
Fallo del Tribunal Supremo: la empresa debe justificar las dietas
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso, anulando la resolución impugnada y dejando sin efecto la liquidación tributaria practicada.
El fallo confirma que, en materia de dietas y gastos de locomoción, manutención y estancia, la Administración Tributaria debe requerir la justificación a la empresa, sin trasladar al trabajador la carga de probar que los pagos cumplen con los requisitos fiscales.
Además, la sentencia no impone costas, ya que no se ha apreciado mala fe ni temeridad en ninguna de las partes.
Conclusión: mayor seguridad jurídica para los trabajadores
Con esta resolución, el Tribunal Supremo fija un criterio claro:
- La carga de la prueba recae en la Administración, que debe obtener la información de la empresa.
- El trabajador no está obligado a justificar personalmente las dietas y los gastos de desplazamiento.
Este pronunciamiento refuerza la seguridad jurídica de los empleados y evita que la Administración les exija pruebas que deben ser proporcionadas por la empresa que abona las dietas.