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TSJCyL confirma condena de prisión y multas por estafa en reformas a clientes

07/02/2025

El TSJCyL confirma la condena por estafa en reformas

Ratificada la sentencia contra los administradores de la empresa

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de cuatro años y seis meses de prisión impuesta a los administradores de una empresa de construcción por estafar a seis clientes con la reforma de sus viviendas. Además, el tribunal ha ratificado la indemnización de 85.824,46 euros que los condenados deberán abonar a los afectados y una multa de diez meses con una cuota diaria de seis euros para cada uno.

El tribunal desestimó los argumentos de la defensa, al considerar que las pruebas presentadas acreditan la existencia de un engaño premeditado y continuado para obtener un beneficio económico ilícito.

Un esquema de fraude en el sector de las reformas

Los hechos confirmados en la sentencia muestran un patrón de engaño dirigido a clientes que buscaban reformar sus viviendas. La estrategia de los condenados consistía en:

  1. Captar clientes mediante anuncios en plataformas digitales.
  2. Presentar presupuestos detallados, tras una inspección del inmueble.
  3. Formalizar contratos tipo, que establecían pagos anticipados.
  4. Iniciar las obras mínimamente, para dar sensación de cumplimiento.
  5. Exigir más dinero, alegando imprevistos o costos adicionales.
  6. Abandonar las obras sin previo aviso y sin responder a los clientes.

Este modelo de fraude, que afecta tanto a particulares como a pequeñas comunidades de vecinos, evidencia la importancia de verificar la fiabilidad de las empresas antes de contratarlas.

Las claves de la sentencia

El TSJCyL ha confirmado la validez de la sentencia de la Audiencia Provincial de León al considerar que existen pruebas suficientes para condenar a los acusados por un delito continuado de estafa, recogido en el artículo 248 del Código Penal.

Entre las principales pruebas que sustentan la condena se encuentran:

  • Contratos firmados por las víctimas, que demuestran la obligación incumplida por la empresa.
  • Declaraciones de los perjudicados, que acreditan la existencia de un engaño y el daño económico sufrido.
  • Informes periciales, que confirman que los trabajos ejecutados fueron mínimos en comparación con los pagos efectuados.

El tribunal ha descartado la presunción de inocencia alegada por la defensa, al considerar que los informes periciales y las declaraciones de los afectados demuestran un incumplimiento deliberado del contrato.

Impacto y prevención de fraudes en el sector

Este caso pone de manifiesto la importancia de contar con mecanismos de control y protección para los consumidores en el sector de la construcción y las reformas. Para evitar ser víctima de este tipo de prácticas, se recomienda:

  • Verificar la reputación de la empresa, consultando referencias y opiniones en internet.
  • Exigir un contrato detallado, que especifique tiempos de ejecución, materiales y pagos.
  • Evitar adelantos de dinero excesivos, para reducir el riesgo de pérdida económica.
  • Guardar toda la documentación y comunicaciones, para respaldar posibles reclamaciones.

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