El Tribunal Supremo dicta que las ‘mobile-home’ requieren licencia urbanística al considerarlas casas prefabricadas

Las ‘mobile-homes’ bajo el control urbanístico
Fallo del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha resuelto que las ‘mobile-homes’ requieren licencia urbanística, equiparándolas jurídicamente a casas prefabricadas. Este fallo se basa en el artículo 11.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, que regula los usos del suelo. El Tribunal argumenta que, aunque estas estructuras conservan cierta movilidad, están diseñadas principalmente como viviendas, lo que exige un control urbanístico más estricto para proteger el medio ambiente y el entorno urbano.
El caso Agrocamping, S.L.
El conflicto tuvo origen en un recurso presentado por Agrocamping, S.L., una empresa que gestiona un camping en Tarragona. La compañía buscaba legalizar la instalación de ‘mobile-homes’, argumentando que debían considerarse remolques según el Reglamento General de Vehículos. Sin embargo, el Tribunal rechazó esta visión, destacando que estas estructuras no son vehículos funcionales en el sentido habitual, sino que están concebidas para ofrecer un espacio habitable, lo que las asimila a casas prefabricadas.
Límites de las licencias de actividad
Un aspecto clave de la sentencia es la aclaración sobre las licencias de actividad. Aunque Agrocamping, S.L. contaba con una licencia para operar su camping, esta no sustituye la necesidad de cumplir con los requisitos urbanísticos. Según el Supremo, las licencias de actividad evalúan el impacto de una actividad económica en su entorno inmediato, pero no legitiman usos del suelo que transformen su naturaleza.
Compatibilidad con la normativa europea
El Tribunal también abordó la supuesta infracción de la Directiva de Servicios y la Ley 17/2009, señalando que estas normativas no aplican a regulaciones urbanísticas. Las exigencias sobre el uso del suelo se centran en la ordenación del territorio y no interfieren con el libre acceso a actividades económicas, siendo plenamente compatibles con la normativa europea.
Transformación de camping en “resort”
La sentencia también analizó la intención de Agrocamping, S.L. de transformar su camping en un “resort”, dotando a las parcelas de servicios de agua, electricidad y desagüe para instalar ‘mobile-homes’. El Tribunal consideró que esta transformación representa un cambio significativo en el uso del suelo, que requiere autorización urbanística específica. De acuerdo con el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, dichas modificaciones solo pueden realizarse cumpliendo los procedimientos legales establecidos.
Implicaciones del fallo
El pronunciamiento del Supremo tiene un impacto directo en las normativas urbanísticas aplicables a instalaciones turísticas, como campings y resorts. Los operadores de este tipo de negocios deberán asegurarse de que cualquier transformación de sus instalaciones cumpla estrictamente con las normativas urbanísticas locales.
El fallo del Tribunal Supremo establece un criterio claro sobre el tratamiento jurídico de las ‘mobile-homes’, reafirmando la necesidad de licencia urbanística para su instalación.