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El Tribunal Supremo dicta que las ‘mobile-home’ requieren licencia urbanística al considerarlas casas prefabricadas

12/12/2024

El Tribunal Supremo exige licencia urbanística para las ‘mobile-homes’

Naturaleza jurídica de las ‘mobile-homes’

El Tribunal Supremo ha resuelto que las ‘mobile-homes’, comúnmente conocidas como casas móviles, deben ser consideradas casas prefabricadas para efectos de regulación urbanística. Según el artículo 11.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, estas estructuras requieren licencia urbanística por el impacto que generan en el uso del suelo y el entorno. Este fallo se refiere particularmente a la instalación de estas estructuras en terrenos no urbanizables, donde se busca garantizar la sostenibilidad y el respeto por el medio ambiente.

Argumentos de la parte recurrente

La empresa Agrocamping, S.L., propietaria de un camping en Tarragona, presentó un recurso argumentando que las ‘mobile-homes’ debían ser tratadas como remolques, basándose en la definición del Reglamento General de Vehículos. Al ser consideradas vehículos, no se requeriría licencia urbanística para su instalación. Sin embargo, el Supremo rechazó esta interpretación, afirmando que el diseño y uso principal de estas estructuras está orientado a servir como viviendas, aunque conserven cierta movilidad.

Limitación de la licencia de actividad

La sentencia también señala que la licencia de actividad obtenida para operar un camping no sustituye ni elimina la necesidad de obtener una licencia urbanística. Mientras que la licencia de actividad tiene como finalidad garantizar que la actividad económica no cause molestias o perjuicios, no evalúa el impacto urbanístico. Este criterio refuerza el papel de las normativas territoriales para regular el uso del suelo.

Exclusión de la normativa de servicios

Agrocamping, S.L. también argumentó que la exigencia de licencia urbanística vulneraba la Directiva de Servicios y la Ley 17/2009, que garantizan el libre acceso y ejercicio de actividades económicas. El Tribunal Supremo descartó esta alegación, señalando que estas normativas no afectan a requisitos urbanísticos, ya que los mismos no están dirigidos específicamente a regular actividades económicas, sino a proteger el uso racional del territorio.

Uso del suelo y transformaciones en terrenos no urbanizables

El Tribunal destacó que la instalación de ‘mobile-homes’ y bungalows con servicios como agua, electricidad y desagüe implica una transformación del suelo que no puede realizarse sin autorización urbanística. Este uso intensivo del suelo va más allá de lo permitido en terrenos no urbanizables y requiere una evaluación específica. Según el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, cualquier alteración significativa del uso del suelo debe cumplir con los procedimientos de autorización correspondientes.

Implicaciones de la decisión

Esta sentencia tiene un impacto directo en la regulación de los campings y otras actividades turísticas que utilicen estructuras habitables como las ‘mobile-homes’. Los operadores de este tipo de negocios deberán asegurarse de cumplir con las normativas urbanísticas aplicables para evitar sanciones o denegaciones de licencia.

El Tribunal Supremo reafirma la obligación de obtener licencia urbanística para la instalación de ‘mobile-homes’, incluso cuando estas se ubiquen en campings con licencia de actividad. 

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