TS rechaza el reconocimiento de una sentencia estadounidense sobre gestación subrogada
Gestación subrogada y derechos fundamentales en España. El Tribunal Supremo reafirma su posición
El Tribunal Supremo ha negado el reconocimiento en España de una sentencia estadounidense que validaba un contrato de gestación subrogada. Según el alto tribunal, este tipo de acuerdos vulneran el orden público español, una barrera legal diseñada para proteger principios fundamentales como la dignidad humana, la integridad física y moral, y el interés superior del menor.
La decisión, que se enmarca dentro de las garantías constitucionales y la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, refuerza la postura restrictiva de España frente a la mercantilización de la reproducción humana.
Explotación de la mujer y del menor
La sentencia del Supremo detalla los daños que implican estos contratos:
- Mercantilización de la gestante y del menor: Los acuerdos convierten a la mujer y al niño en objetos de comercio, tratándolos como bienes negociables, lo que vulnera el principio de dignidad humana recogido en el artículo 10 de la Constitución.
- Daños físicos y emocionales: Las madres gestantes son sometidas a tratamientos hormonales que pueden afectar su salud, mientras que los menores pierden el derecho a conocer su origen biológico.
- Consentimiento viciado: En muchos casos, la compensación económica puede condicionar la voluntad de las madres gestantes, cuestionando la validez de su consentimiento.
El Supremo destaca que en el contrato validado en Estados Unidos, la madre estaba obligada a entregar al menor inmediatamente tras el parto, eliminando cualquier posibilidad de retractarse o reconsiderar su decisión.
El interés superior del menor
El tribunal rechaza que la filiación automática de los menores nacidos por gestación subrogada beneficie siempre su interés superior. En este sentido, resalta que:
- La evaluación del interés del menor debe realizarse caso por caso.
- El reconocimiento de estos contratos no garantiza un entorno adecuado para el menor, especialmente cuando los vínculos biológicos y emocionales con la madre gestante son ignorados.
El fallo concluye que legitimar estos contratos fomentaría un negocio lucrativo que menoscaba derechos fundamentales, contradiciendo valores esenciales del ordenamiento jurídico español.
Consecuencias de la resolución
Esta decisión tiene implicaciones significativas tanto a nivel jurídico como social:
- Refuerzo del marco normativo español: Se consolida la nulidad de los contratos de gestación subrogada, alineando la jurisprudencia con los principios constitucionales.
- Disuasión de prácticas comerciales internacionales: El fallo actúa como un freno a la gestación subrogada comercial, al limitar las garantías de reconocimiento en España.
- Impacto legislativo y social: La sentencia puede influir en debates futuros sobre la regulación de técnicas reproductivas y los derechos de los menores nacidos mediante estas prácticas.